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Diez Años de la Corte Penal Internacional: En búsqueda de una identidad

Publicado: 2012-03-10

Artículo publicado originalmente en Asuntos del Sur.

Este 2012 se cumplen los diez años desde la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) , lo que  es un momento apropiado para hacer un balance crítico, pero constructivo, de una de las organizaciones internacionales más importantes desde la creación de las Naciones Unidas (ONU) en 1945.

El Estatuto se adoptó el 17 de julio de 1998 y su rápida entrada en vigor el 1 de julio de 2002 generó muchas expectativas como medio para la “lucha contra la impunidad” ante la perpetración de crímenes internacionales.  Sin embargo, hoy gran parte del entusiasmo se ha perdido, siendo reemplazado por demandas para que la CPI cumpla con el mandato para el cual fue creada.

No es fácil comenzar una organización desde cero, especialmente, cuando se trata de una institución que tiene la facultad para juzgar a los presuntos responsables por crímenes de genocidio, lesa humanidad, de guerra y eventualmente, de agresión. Esta ha sido una experiencia compleja y a pesar de todo, la CPI ha logrado establecerse como un actor internacional de relevancia, aun en fase de consolidación.

Salida del cascarón

Al día de hoy, 120 países han ratificado el tratado y las voces contrarias al Estatuto de Roma han ido, lentamente, disminuyendo. La CPI se encuentra actualmente investigando 14 casos en 7 países diferentes, y durante la Conferencia de Revisión de 2010, se adoptó el crimen de agresión. El Consejo de Seguridad de la ONU ha remitido las situaciones en Darfur y Libia, dándole a la CPI competencia y jurisdicción sobre dos de las crisis humanitarias más importantes del siglo. Asimismo, la CPI ha contribuido al debate sobre " justicia y paz", concluyendo que ambos conceptos no son contrarios y que deben ser trabajados complementariamente.

A pesar de estos significativos logros, la CPI aún está por emitir su primera sentencia (sobre el Caso Lubanga, que se espera que se produzca en las próximas semanas) y la Fiscalía no ha abierto casos fuera del continente africano, a pesar de la existencia de situaciones graves- que podrían caer bajo la jurisdicción de la CPI- en América Latina y otras partes del mundo

En este contexto, el 2012 no podría ser menos alentador

La crisis global económica ha puesto en jaque el aumento del presupuesto necesario para conducir mayores investigaciones en el terreno. En la última Asamblea de Estados Parte (diciembre de 2011), la elección de seis nuevos magistrados a la CPI estuvo marcada por viejos (y malos) hábitos de los Estados priorizando la elección de sus nacionales en lugar de velar por los mejores intereses de la CPI. Por último, la reciente puesta en libertad de Callixte Mbarushimana (República Democrática del Congo), por la forma en la que la Fiscalía condujo el caso, agravó más las críticas en contra de la labor del actual Fiscal Jefe que culmina su mandato a mediados de año.

Puesta en práctica y complementariedad

Uno de los aspectos más importantes en la adopción del Estatuto de Roma es el principio de complementariedad y la necesidad de que los Estados adopten leyes de implementación que incluya crímenes internacionales y medidas de cooperación judicial con la CPI. Esto ha llevado a que algunos países, incluyendo algunos de los cuales se encuentran bajo el análisis preliminar, adopten leyes sobre la aplicación del Derecho Penal Internacional y lleven a cabo procesos contra presuntos responsables de crímenes de competencia de la Corte.

América Latina es la región en la cual se ha avanzado más respecto a esto, tanto a nivel nacional como dentro del marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Todo esto a pesar que la mayoría del los casos son sobre hechos ocurridos durante los regímenes militares que escapan a la competencia temporal de la CPI.

Sin embargo, esto no es suficiente. Al ser la CPI una corte de última instancia, ésta debe trabajar para fortalecer los sistemas nacionales, especialmente en los poderes judiciales de cada país. Si la Corte busca fortalecer el sistema de justicia internacional y el Estado de Derecho, debe trabajar (sin comprometer de manera alguna su independencia) para garantizar que los Estados Parte tengan capacidad suficiente para investigar y enjuiciar crímenes internacionales.

De análisis preliminar a investigaciones oficiales: límites poco claros

Uno de las criticas más fuertes que se le hace a la CPI viene de parte de académicos y de la ONG y tiene que ver con la falta de claridad en la política que lleva a cabo la Corte con respecto a la identificación de situaciones que pueden llegar a convertirse en investigaciones oficiales de la Corte. Es casi imposible armonizar los  distintos estándares en lugares como Afganistán  y Colombia o Palestina y Nigeria, puesto que hoy en día parece que la decisión de comenzar una investigación reside en elementos fuera del parámetro legal establecido por el Estatuto de Roma.

Colombia, sin solución

Colombia es una situación que ha estado bajo examen preliminar de la CPI desde hace por lo menos, seis años. Su Código Penal acoge regulación sustancial sobre crímenes internacionales. En el 2006, la Fiscalía declaró que estaba analizando presuntos crímenes dentro de la jurisdicción de la Corte y siguiendo de cerca las investigaciones que se estaban conduciendo en Colombia contra líderes paramilitares, políticos, líderes guerrilleros y personal militar. Luego, la Fiscalía agregó que estaba analizando presuntos lazos de grupos con redes internacionales por crímenes cometidos en territorio colombiano.

Luego de varias reuniones para intercambiar información, la CPI concluyó que el Estado Colombia tenía la capacidad y la voluntad de llevar al frente sus propias investigaciones. Por lo tanto, la situación del país fue clasificada bajo la categoría “situación bajo análisis”. En el informe de diciembre sobre investigaciones preliminares, la Fiscalía declara que “no existe fundamento suficiente en este estado para concluir que los procedimientos existentes no son genuinos”.

Sin embargo, las organizaciones de la sociedad civil consideran que el poder judicial Colombia no está abordando los crímenes pasados y presentes, incluyendo la violencia de género de manera apropiada. A pesar de varias visitas del Fiscal de la CPI y otros altos funcionarios de la Corte, las ONG locales continúan pidiendo que la CPI intervenga, a pesar del silencio oficial.

Honduras, el golpe olvidado

Honduras es Estado Parte de la CPI y siete años luego de haber ratificado el Estatuto sufrió un golpe de Estado, por medio del cual, el Presidente Zelaya tuvo que dejar el poder en el 2009. El entonces Presidente del Congreso, Sr. Roberto Micheletti, fue nombrado Presidente provisional hasta que el Sr. Profirio Lobo asumiera la Presidencia a inicios de 2010.

Las ONG enviaron comunicaciones a la CPI sobre crímenes de lesa humanidad que se estaban perpetrando en el país desde septiembre de 2009. En noviembre de 2010, el fiscal de la CPI anunció públicamente su decisión de lleva a cabo un análisis preliminar de la situación. A pesar de que dicha declaración fue saludada por la sociedad civil, no ha existido ninguna actualización con respecto a las acciones llevadas a cabo por la Fiscalía hasta la fecha.

Las ONG continúan pidiendo por la protección de los defensores de derechos humanos, periodistas y activistas sociales. Human Rights Watch alertó sobre la brutalidad policial, la falta de rendición de cuentas por los abusos a los derechos humanos cometidos en el contexto del golpe y la falta de transparencia judicial.

Antes de cumplir 10…

No debemos olvidar que el Estatuto de Roma es uno de los instrumentos más importantes en el sistema penal de justicia y previene la comisión de violaciones masivas a los derechos humanos, brindando justicia para las víctimas.

Los obstáculos que debe sortear la CPI están relacionados con el proceso de ratificación del Estatuto de Roma en Oriente medio y en Asia/Pacifico, el fortalecimiento de los poderes judiciales locales y librar resoluciones que se constituyan en piedra angular para los jueces del mundo. En este contexto es necesario poder conocer más sobre la política de la CPI con respecto a los análisis preliminares y la selección de casos para investigación.

*Mariana es la Directora del Programa de Derechos Humanos de Asuntos del Sur. @maritaerrepe

*Salvador es LL.M., Universidad de Ottawa. Asesor jurídico de la Comisión Andina de Juristas en el Perú. E-mail: sherencia@cajpe.org.pe


Escrito por

Salvador Herencia Carrasco

Blog sobre Derecho Internacional, Derechos Humanos y Relaciones Internacionales. Publicaciones disponibles en: ssrn.com/author=2239552


Publicado en

Porca Miseria

Blog de Salvador Herencia Carrasco sobre Derecho Internacional, Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional y algo de música...